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DISCIPLINA
02 Nov 2023
Laudo arbitral
Con fecha de ayer, 1 de noviembre de 2023, el Árbitro Único de la Asociación de Clubes de Traineras (ACT) ha resuelto ESTIMAR PARCIALMENTE el recurso que fue en su día presentado por los remeros Srs. Cristian Garma y Alberto Landa, del Club Itsasoko Ama, contra la resolución dictada por el Juez de Disciplina de la ACT en fecha 8 de agosto de 2023, en el expediente disciplinario nº 5/2023, que se ha sido tramitado como Arbitraje nº 2/2023, acordando lo siguiente:
a) MANTENER LA SANCION DE MULTA por importe de MIL UN (1.001 €) Euros, que fue impuesta por el Juez Único de Disciplina de la ACT al Sr. Cristian Garma, por considerar que es ajustada a la normativa vigente.
b) MODIFICAR LA SANCION impuesta al Sr. Alberto Landa, al considerarse que su actitud infractora se limitó al hecho de crear una situación de tensión contra el Sr. Garma al proferir algún tipo de comentario desafortunado o subido de tono, y principalmente por haberse defendido de la agresión del Sr. Garma con un intento de agresión, no constituyendo, por tanto, una infracción muy grave, ni grave, de las previstas en el artículo 14 a), sino una infracción leve de las previstas en el artículo 15 letra c) que se corresponde con "Realizar acciones u omisiones claramente contrarias a las normas deportivas o asociativas que no estén incursas en la calificación de muy graves o graves" Dicho lo cual y dadas las circunstancias atenuantes que ya fueron tomadas en consideración por parte del Juez Único de Disciplina y, además, la plena actitud colaborativa durante el procedimiento arbitral el Árbitro entiende que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 del Reglamento Disciplinario le corresponde al Sr. Alberto Landa la sanción prevista en el apartado 4 de APERCIBIMIENTO, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18-4.